miércoles, 31 de agosto de 2011

Caso Práctico y Tareas de cada grupo

Estimados alumnos: aquí les dejamos el Trabajo Práctico que deberán realizar durante el cuatrimestre, junto con las tareas que deberán llevar a cabo. Cualquier consulta o pregunta por favor dejen un comentario en esta publicación o escriban a procesalcivilycomercial@gmail.com.






UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA

FACULTAD DE DERECHO


DERECHO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL CATEDRA 31B



Criterio de evaluación:



El curso se evaluará de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Participación del alumno

2. Presentación prolija de los trabajos prácticos

3. Razonamiento y comprensión de los problemas explicados clase a clase en trabajo individual y por equipos

4. Cumplimiento de las obligaciones formales de la cátedra

5. Participación en actividades extracurriculares

6. Evaluación parcial y recuperatorios.



A estos fines los alumnos deberán completar la ficha personal que se encuentra en el blog. 

La cursada se lleva adelante sobre la base del desarrollo de un caso practico, donde los alumnos divididos en equipos deben asumir los distintos roles de los sujetos procesales, partes, testigos y peritos.

El caso:

Juan Martín Ramp es un jóven de 16 años que trabaja en la temporada de verano como ayudante de un guardavida en la pileta de un country club de Pilar. Sus padres son mayores de sesenta años, ambos, y él es el único hijo que, además, ayuda a sus progenitores económicamente como puede. Es un buen alumno y mejor amigo.

En el mes de enero de 2009 tuvo dolores fuertes en el estómago que lo obligaron a dejar de trabajar para asistir a los consultorios externos de Cruz Médica San Fernando, en esa localidad, donde atendido por la Dra. Susana Gomez le indicó que se colocara hielo porque era una simple inflamación. Los dolores persistieron y retornó a los dos días al mismo establecimiento, donde atendido por los médicos de guardia (no por la doctora Gómez) le reiteraron el diagnóstico aunque lo medicaron con Decadron inyectable de inmediato. Esa noche el joven Ramp tiene una fuerte descompostura con vómitos y diarreas que determinan a sus padres a llevarlo a un Sanatorio de su Obra Social, localizado en Capital Federal, de nombre Sanatorio Las Heras, donde fue internado y operado de urgencia con diagnóstico de peritonitis. La intervención quirúrgica fue exitosa y la realizó el cirujano Joaquín Cordero. A las 24 hs se debieron practicar las primeras curaciones, pero el Dr. Cordero había emprendido un viaje que correspondía a su período vacacional en el establecimiento. El médico dice que dejó instrucciones en el parte del enfermo. Por ello es una enfermera quien le cambia los vendajes pero sin efectuar revisión clínica alguna. Esa noche no le cambian los vendajes lo que se repite al día siguiente. En la noche siguiente el jóven Ramp tiene convulsiones y fiebre, comienza a delirar y tiene un paro cardíaco. Fallece. El certificado de defunción indica paro cardíaco no traumático, pero todo indica que muere por septicemia, es decir, por quedar infectado al no haberse cambiado los vendajes.

Pautas para la realización de los escritos postulatorios:

ACTOR

1. ¿A quiénes hay que demandar?

2. ¿Cuál es la responsabilidad de cada uno?

3. ¿Es responsabilidad contractual, o extracontractual? ¿Hay obligaciones de medios o de resultados? ¿Cuándo vence el plazo para demandar?

4. ¿Cuál es la competencia por razón del lugar y de la materia?

5. ¿Qué pruebas ofrecerá y cuándo las ofrecerá? ¿Es juicio ordinario o sumario (si tuviese que tramitar en provincia)?

DEMANDADOS

1. ¿Cuál es el fundamento de sus respectivas defensas?

 Ayudas:

• La Cruz Médica San Fernando solo son consultorios externos, no tienen internación, y es el lugar que indica la cartilla de la obra social para atender a los afiliados de Ospedyc que es la entidad sanitaria que tiene afiliados a la familia Ramp.

• Los médicos de este establecimiento son contratados. No hay seguros de riesgo profesional en ningún caso.

• El sanatorio Las Heras es el lugar indicado por la Obra social para internar, éste lugar presta solo la hotelería, porqué los médicos de la Obra Social son elegidos por la familia para actuar en ese establecimiento.

• En el caso, no hubo elección por la urgencia, de modo que la actuación del Dr. Cordero es obra de la actuación del médico de guardia que interviene por razones humanitarias. El no pertenece a la Obra Social.

• Por esta razón el médico sostendrá que no es responsable porque él cumplió con su deber como médico de guardia. Y por eso también se podía ir de vacaciones sin tener que efectuar las curaciones de rigor en toda intervención quirúrgica.

• El sanatorio Las Heras dirá que al prestar únicamente la hotelería, no es responsable de las curaciones, las que debían ser practicadas por los médicos que los padres nunca eligieron ni la Obra Social tuvo ocasión de designar.

• La Obra Social dirá que por esto dicho en el punto anterior, tampoco es responsable.

• Hay citación en garantía de compañía de seguros vinculadas LA FEDERACION SEGUROS S.A.



1. ¿Cuál es la fuente jurídica de cada defensa (contractual, extracontractual, etc.)?

2. ¿Se puede disponer de oficio por el Juez la unificación de personería en los términos del art. 54 del Código Procesal?

3. ¿Cuáles son los problemas de legitimación y competencia? (esto hay que estudiarlo para incluir en el trabajo práctico)

4. ¿Cuál es la prueba de cada uno?

Pueden articularse excepciones, la más común, defecto legal por ausencia de alguno de los requisitos del 330 CPN, otra falta de legitimación pasiva de la obra social o del sanatorio Las Heras.

Los trabajos a realizar serán:

1. Redacción de la demanda

2. Contestación de excepciones

3. Contestación de la demanda

4. Ofrecimiento de pruebas

5. Interrogatorios

6. Pliego de posiciones

7. Cédulas

8. Alegatos

martes, 30 de agosto de 2011

Turno Tarde: presentaciones usadas en clase


Estimados alumnos del turno tarde: aquí les dejamos para descargar las presentaciones de PowerPoint utilizadas en clase por los docentes. 
Cualquier duda o consulta pueden dejar un comentario en esta publicación.

lunes, 29 de agosto de 2011

Turno Noche: Fallo para clase 02/09/2011


Estimados alumnos del turno noche: para la clase del día viernes 2 de setiembre de 2011, se les solicita leer anticipadamente el fallo que aquí les dejamos para que descarguen.

domingo, 28 de agosto de 2011

Turno Noche: Clase Defensas y Excepciones del 26/08


Estimados alumnos: aquí les dejamos para que descarguen la presentación de PowerPoint utilizado en la clase de Defensas y Excepciones del día 26 de agosto.
Cualquier duda o consulta pueden dejar un comentario en esta publicación.

jueves, 25 de agosto de 2011

Modelo de Diligencias Preliminares

Estimados alumnos: aquí les dejamos para que puedan ver un modelo para solicitar que se lleven a cabo diligencias preliminares, tal como vimos en la clase del día martes 23 de agosto en la comisión de la noche. Cualquier duda o consulta pueden dejar un comentario en esta publicación.

SUMARIO
ACTOR: [Apellido, Nombre / Razón Social]
DEMANDADO: [Apellido, Nombre / Razón Social]
MATERIA: DILIGENCIAS PRELIMINARES
MONTO: INDETERMINADO
DOCUMENTACIÓN ACOMPAÑADA: (1) Bono Ley 8480, (1) Anticipo Ius Previsional
[x] Juegos de copias para traslado.-

SOLICITA REALIZACIÓN DE DILIGENCIAS PRELIMINARES.-
Señor Juez:
[ENCABEZAMIENTO], a V.S. respetuosamente me presento y digo:
(1)
OBJETO
Que con esta presentación vengo a solicitar a V.S. la realización de una diligencia preliminar a los fines de permitir la interposición de una demanda de [OBJETO DEL JUICIO QUE SE SEGUIRÁ] respecto de [DATOS DEL DEMANDADO].-
(2)
CONSTITUYE DOMICILIO
Que constituyo domicilio procesal en la calle [DOMICILIO CONSTITUIDO] (art. 42, CPCC).-
(3)
COMPETENCIA
Que V.S. resulta competente para entender en estas actuaciones porque será quien deba conocer del juicio principal, a tenor de [FACTOR DE ATRIBUCIÓN DE LA COMPETENCIA] (arts. 6, inc. 5 y art. 4, [INSERTAR INCISO CORRESPONDIENTE] del CPCC).-
(4)
ANTECEDENTES FÁCTICOS
[EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS / SUMARIO DE LA PRETENSIÓN QUE SE ENTABLARÁ EN LA ACCIÓN PRINCIPAL]
(5)
DILIGENCIA REQUERIDA
Que en virtud de los hechos expuestos para entablar en debida forma la demanda de conocimiento resulta necesario [OBJETO DE LA MEDIDA].-
En tales términos resulta procedente requerir a S.S. [CONTENIDO DE LA MEDIDA PRELIMINAR]
(6)
DERECHO
Que fundo el derecho que me asiste en los arts. 5º [INCISO], 6º inc. 5, 323 a 329 del CPCC.-
(7)
RESERVA DEL CASO FEDERAL
Que para el supuesto en que esta acción resulte rechazada en todo o en parte formulo expresa reserva del caso federal a los fines de la preservación de los recursos extraordinarios que habilita el art. 14 de la ley 48, toda vez que se violarán de tal forma los derechos y garantías que la Constitución Nacional me reconoce en sus arts. 14, 16, 17, 18.- Hago extensiva la reserva al supuesto de arbitrariedad y gravedad institucional en que pudiere incurrir la resolución judicial.-
(8)
AUTORIZACIONES
Que autorizo a [LISTA DE AUTORIZADOS] para que comparezcan a Secretaría los días de notificaciones y dejen las constancias pertinentes en el Libro de Asistencia, presenten escritos, practiquen desgloses de documentación y la retiren de Secretaría, comparezcan a audiencias, diligencien toda cédula, oficio y mandamiento a librarse en autos, y en general, a todo acto que no requiriendo de mi actuación personal conduzca a la mejor tutela de mis derechos en este proceso.-
(9)
DOCUMENTACIÓN ORIGINAL: RESERVA
Que solicito se mande reservar por Secretaría en la caja de seguridad del Juzgado la documentación original adjunta, a cuyos efectos acompaño un juego de copias adicional para  su integración en autos.-
(10)
PETITORIO
Que, por todo lo expuesto, a V.S. solicito:
1.- Me tenga por presentado, parte y con el domicilio procesal constituido.-
2.- Tenga por iniciada la pretensión de diligencias preliminares.-
3.- Tenga presentes los hechos expuestos y el derecho invocado.-
4.- Tenga por acompañada la prueba documental y por ofrecida la restante.-
5.- Tenga presente la reserva del caso federal.-
6.- Tenga presentes las autorizaciones conferidas.-
7.- Mande reservar la prueba documental acompañada.-
8.- Oportunamente, haga lugar a la realización de las diligencias requeridas, [CONTENIDO DE LA PRETENSIÓN]
Proveer de conformidad que
SERÁ JUSTICIA.-

miércoles, 24 de agosto de 2011

TURNO NOCHE: listado provisorio de grupos para el trabajo práctico


Estimados alumnos del turno noche: aquí les dejamos para que descarguen el listado provisorio de los integrantes de los grupos para el trabajo práctico. Recuerden que tienen hasta el viernes 26 del corriente mes y año para comunicar su deseo de cambiarse de grupo, respetando las indicaciones dadas en clase. Para esto deberán enviar un correo electrónico a la dirección de la cátedra (procesalcivilycomercial@gmail.com) colocando en el asunto la leyenda "cambio de grupo". 
Cualquier duda o consulta pueden dejar un comentario en esta publicación.

Fallos sobre Requisitos para la Demanda


Estimados alumnos: aquí les dejamos para que descarguen y lean algunos fallos referidos a los requisitos necesarios para llevar adelante una demanda. Cualquier duda o consulta pueden dejar un comentario en esta publicación.

domingo, 21 de agosto de 2011

TURNO NOCHE: Descargar del material de clase del viernes 19 de agosto

Estimados alumnos del turno noche: aquí les dejamos para descargar el cronograma del cuatrimestre y el material utilizado por los docentes en la clase del viernes 19 de agosto. Para descargarlo sólo deben hacer clic sobre los vínculos de aquí abajo. Cualquier duda o consulta pueden dejar un comentario en esta publicación.
Descargar Cronograma Turno Noche
Descargar Cuadro
Descargar Presentación del Blog
Descargar Resolución CSNJ 3909/2010
Descargar Modelo Cédula Civil
Descargar Acuerdo SCJBsAs 3540/11
Descargar Acuerdo SCJBsAs 3542/11
Descargar Fallo Ozuna
Descargar ejemplo de edicto

sábado, 20 de agosto de 2011

Plenario Comercial

El 29 de junio del corriente año, en el marco de la causa "Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. Autoconvocatoria a plenario s/ competencia del fuero comercial en los supuestos de ejecución de títulos cambiarios en que se invoquen involucrados derechos de consumidores" (Expte. S. 2093/09), dicho órgano fijó como doctrina plenaria que:
"1. En las ejecuciones de títulos cambiarios dirigidas contra deudores residentes fuera de la jurisdicción del tribunal: 1. Cabe inferir de la sola calidad de las partes que subyace una relación de consumo en los términos previstos en la ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, prescindiendo de la naturaleza cambiaria del título en ejecución. 2. Corresponde declarar de oficio la incompetencia territorial del tribunal, con fundamento en lo dispuesto en el art. 36 de la Ley de Defensa del Consumidor".
El fallo completo puede descargarse de la página web del Poder Judicial de la Nación: www.pjn.gov.ar, Fueros Nacionales - Justicia Nacional en lo Comercial - Fallos Plenarios